El culto a la brujería es una religión en España, y las peregrinaciones religiosas tuvieron el fin de expiar delitos en el medioevo. Conoce esta y otras curiosidades en materia de leyes del país ibérico. Entérate por qué hacer una práctica de Derecho en España es inmejorable.
1. La Carta Magna española
Como graduado de Derecho, seguramente conoces al detalle cada línea de la Constitución de tu país, ¿cierto? Pero si planeas hacer una práctica de Leyes en España, debes conocer algunas bases de la Carta Magna ibérica. Una de ellas es que la norma primera de ordenamiento nacional fue rubricada recién en 1978, en pleno proceso de transición a la democracia.
Con esta nueva Constitución se cerraba una etapa oscura de la historia de España: la dictadura de Francisco Franco, que hostigó al país durante 39 años, desde el inicio de la Guerra Civil Española, en 1936, hasta su muerte, en 1975. Con la nueva Carta Magna cobraron importancia valores olvidados, como los de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. Además, se afianzó el principio de soberanía nacional del pueblo y se estableció la monarquía parlamentaria como forma de gobierno. ¡Enhorabuena!
2. El poder del Rey de España
Te interesa hacer una práctica de Derecho en España, ¿verdad? Pero allí hay una figura de poder que seguramente no existe en el país de donde provienes: el Rey. Por lo que te preguntas cuál es su peso dentro del sistema de derecho español. Pues la respuesta no parece ser tan sencilla. O sí. Pero probemos desglosarla.
El rey es el Jefe de Estado pero desempeña, como tal, funciones de naturaleza simbólica mayormente, y carece de efectivo poder de decisión. Por más genial que nos caiga el Rey Felipe VI de Borbón y su señora esposa, la ex periodista, Letizia Ortiz, lo cierto es que la validez de sus actos depende de otra autoridad competente, como el presidente del Gobierno, el presidente del Congreso o un ministro. El poder real, entonces, reside en una división de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Y esto no debe ser novedad para ti porque estamos seguros de que en tu país las cosas se manejan en este punto más o menos de la misma manera.
3. Regulación de Internet
Hay situaciones y derechos que hoy los tomamos como muy naturales. Pero hasta hace 10 años atrás había álgidos debates sobre sus alcances. Uno de ellos es la accesibilidad a Internet, es decir, la posibilidad de acceder a los contenidos publicados en la web por parte de usuarios con problemas auditivos, físicos, cognitivos y del habla, entre otros.
España estuvo a la vanguardia en este tema. En 2007, se introdujo una ley que exhortaba a las Administraciones Públicas a tener en cuenta en el diseño y desarrollo de sitios web los estándares mínimos para el acceso de ciudadanos con limitaciones. Incluso tres años antes, hubo una disposición española de la Asociación Española de Normalización y Certificación, que planteó la necesidad de que la información brindada por medios electrónicos fuera accesible “para las personas con discapacidad o edad avanzada”.
4. El rey de la calle
El grafiti es, en todas las grandes ciudades del mundo, el rey indiscutido del arte callejero. Las pintadas multicolores en paredes, monumentos o metros son una forma de expresión que encandila a muchos, por sus mensajes satíricos y políticos, mientras que enoja a tantos otros, que consideran que más que arte el grafiti es un atropello al patrimonio público.
Pero hace algunos meses, España dio un paso adelante y actualizó la norma que imponía una pena de varios días en prisión a quien osaba “deslucir” algún mueble o inmueble público o de tercero. Es decir, en la península se ha despenalizado el grafiteo, lo que implica que el “agresor” sólo podrá ser castigado por la vía civil (si daña el bien de un particular) o por la vía administrativa (si daña un bien público). O sea, que lo más probable es que no reciba más que una fuerte perorata y un tirón de orejas.
Durante tu práctica de Derecho en España, puedes echar una ojeada a los grafitis más emblemáticos de ese país hechos por el segundo artista callejero más famoso del mundo: Suso 33. Desde sus primeras intervenciones en 1984, este escenógrafo, muralista y performer se ha movido entre la “ilegalidad” de las pinturas en la vía publica y la “formalidad” de más de 70 exposiciones en museos de Londres, Nueva York y Shanghai.
5. La libertad religiosa
Como graduado de Leyes, te encantará saber que a pesar del enorme peso que tiene la religión católica en España, el país goza de una increíble libertad religiosa. De esta manera, conviven pacíficamente otras siete confesiones: la evangélica, la judía, la musulmana, los mormones, los testigos de Jehová, los budistas y los miembros de la Iglesia Ortodoxa. Todos estos credos obtuvieron a lo largo de los últimos 25 años el reconocimiento de “notorio arraigo”.
Pero lo llamativo de todo es que existen otros cultos y creencias menos habituales que, aunque sí se han inscripto en el Registro de Entidades Religiosas (dependiente del Ministerio de Justicia de España), todavía no han obtenido el mismo reconocimiento que las anteriores. Entre estos grupos se cuentan los Sijs, los Bahá´í, el hinduismo, la cienciología. Y también otros menos habituales aún, más relacionados con el paganismo. Sus nombres son rarísimos y no los vamos a mencionar para no armar un trabalenguas. Sólo hablaremos de la religión Wicca, más conocida como “Culto de la Brujería”. Desde este blog, celebramos la apertura religiosa de España, tan alejada –por suerte- de las atrocidades cometidas por la Inquisición española, en la Edad Media, contra todas las mujeres consideradas “brujas”.
6. Caminar para expiar los delitos
Y ya que introdujimos el tema de la religión en una nota sobre práctica de derecho en España, no podemos dejar de referir el tema de las peregrinaciones, para contarte que en la Edad Media surgió la idea de la “peregrinatio ex poenitentia”. Es decir, en un momento de la historia en el que los conceptos de “delito” y “pecado” caminaban de la mano, las autoridades civiles y religiosas podían condenar al delincuente a viajar a algunos de los lugares más sagrados de Europa, como Roma, Tours, Canterbury o Santiago de Compostela, para redimirse y encontrar el perdón.
En el medioevo, llevar a cabo uno de estos largos viajes era dificilísimo y riesgoso, pero así y todo, muchos lo preferían antes que las terribles penas corporales que recibirían en las prisiones. Santiago de Compostela se ha transformado así en la tercera ruta cristiana más importante, después de Roma y Jerusalén. Hoy, 12 siglos después, la ciudad es un importante punto turístico, que no puedes dejar de conocer durante tu práctica de leyes en España.
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***Para hacer una práctica de Derecho en Londres, Nueva York, Australia o Hong Kong es indispensable el conocimiento avanzado/nativo del inglés. Para hacer una práctica de Derecho en España o América Latina, no es obligatorio.***
Photo 1. by The Intern Group.
Photo 2. based on Palacio Real de Madrid, by Jocelyn Kinghorn, CC-by-2.0.
Photo 3. based on Suso 33 by Marta Nimeva Nimeviene, CC-by-2.0.